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Miércoles, 14 de octubre de 2026
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Una década embalando y un hombro roto: la Justicia de Neuquén le dio la razón al operario que la cooperativa quiso dejar en la calle

Cuatro años después de la lesión, la Cámara de Apelaciones confirmó que la firma no pudo demostrar que no tuviera tareas livianas para ofrecerle. El fallo abre la discusión sobre cómo se prueba (o no) la falta de puesto disponible en los galpones de empaque de fruta del Alto Valle.

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Micaela YapuraComunidades y territorio · · 4 min de lectura
Una década embalando y un hombro roto: la Justicia de Neuquén le dio la razón al operario que la cooperativa quiso dejar en la calle

Soy Micaela Yapura y esta historia la vengo siguiendo desde que el operario me la contó en una sobremesa, con la copia del telegrama todavía sobre la mesa. Es la historia de un embalador de primera categoría que entró a una cooperativa neuquina en enero de 2011 y que salió de ella, según lo que terminó reconociendo la Justicia, no porque la empresa lo echara de un día para el otro, sino porque le cerró todas las puertas con un argumento que la Cámara de Apelaciones acaba de destrabar: la falta de tareaslivianas para un hombro que ya no aguantaba una caja de peras.

Trabajo en este portal de noticias y cubro lo que pasa en los territorios, así que cuando un expediente laboral de la zona del Alto Valle termina con un fallo dividido y con un trabajador que todavía está esperando cobrar, me siento a escribirlo completo, sin apuro, como se cuentan las cosas cuando importan de verdad.

Una lesión en pleno galpón y un alta con letra chica

El hombre se lesionó el hombro derecho en agosto de 2021, mientras cumplía funciones dentro del galpón de empaque. La ART lo tuvo bajo tratamiento durante ocho meses y en abril de 2022 le extendió el alta médica con una condición que cambió todo: podía reincorporarse, pero solo si se le asignaban tareas adecuadas a la limitación física. Levantar peso quedó directamente afuera de lo posible.

Con ese documento en la mano, el operario envió un telegrama pidiendo la reincorporación. La cooperativa respondió por carta documento reconociendo la restricción médica y, al mismo tiempo, afirmando que no existía en el establecimiento ningún puesto disponible compatible con esa restricción. El trabajador volvió a insistir por escrito, llegó a detallar en qué sectores del galpón podía desempeñarse sin forzar el hombro. La respuesta, según consta en el expediente, fue siempre la misma.

El testimonio de los compañeros y un detalle que la empresa no pudo tapar

Cuando el caso llegó a juicio, declararond seis compañeros de trabajo. No fueron a contar generalidades: describieron tareas concretas que no requerían levantar peso y que, dentro del galpón, ya se asignaban a otros operarios. Mencionaron el sellado de etiquetas, el fichado de cajas con engrudo y el colgado de frutas en el sector conocido como el aéreo. Varios coincidieron en que, cada vez que alguien se lastimaba o no podía cargar, la propia empresa lo reubicaba en esas funciones. Uno de los testigos fue más allá y aseguró que al menos cuatro embaladores habían sidotrasladados a otros sectores en situaciones equivalentes a la del demandante.

“La cooperativa tenía posibilidades reales de reubicar al trabajador yoptó por negarlas. Cuando una empresa alega que no tiene puesto disponible para alguien con limitaciones de salud, es ella la que debe probarlo. La cooperativa no lo hizo.”Juez Luis Trani, titular del Juzgado Laboral N°3 de Neuquén

El fallo, los números y lo que todavía no se cobró

El juez Trani, del Juzgado Laboral N°3, calificó esos testimonios como coherentes, ordenados y concordantes, y resolvió que la firma debía pagar la indemnización por despido indirecto. Luego la Cámara de Apelaciones de Neuquén confirmó el criterio. La condena quedó en 676.751 pesos más intereses calculados desde 2022, una cifra que, según me confiaron fuentes del caso, está muy por debajo de los más de cuatro millones que había reclamado la parte trabajadora en función del mejor salario y la antigüedad real en la cooperativa.

En ese punto aparece la parte que más bronca genera cuando uno recorre estas historias: el expediente lleva más de cuatro años abierto, el hombre ya no está en el galpón y la cooperativa todavía no termina de efectivizar el pago tal como quedó ordenado.

  • Lesión de hombro en agosto de 2021 y ocho meses de tratamiento cubiertos por la ART.
  • Alta médica con restricción para levantar peso en abril de 2022.
  • Reincorporación pedida ynegada por carta documento por falta de puesto disponible.
  • Seis compañeros declararon tareas livianas existentes en el galpón.
  • Cámara de Apelaciones confirmó que la cooperativa no probó que no hubiera lugar.
  • Condena firme en 676.751 pesos más intereses, con pago todavía pendiente.

Para mí esta nota no termina cuando termina el fallo. Termina cuando el trabajador me vuelve a llamar para contarme que recién entonces pudo cobrar, o cuando me cuenta que la cooperativa volvió a apelar o que el expediente se cajoneó otra vez. Mientras tanto, la discusión de fondo que deja este caso es clara y la voy a repetir las veces que haga falta: en los galpones de empaque del Alto Valle, cuando alguien se rompe un hombro o una espalda y la empresa le dice que no hay tareaslivianas, esa afirmación tiene que pasar por la prueba de los hechos, no alcanza con la firma al pie de una carta documento. Si no hay reubicación posible, se demuestra. Y si la Justicia termina diciendo que no se demostró, lo que corresponde es indemnizar y pagar, no estirar la agonía de un operario que lleva más de una década cargando fruta ajena.

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Micaela YapuraComunidades y territorio

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