Viernes, 4 de septiembre de 2026
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Raíz Salteña

La Corte mendocina cerró el caso Auradou y Jegou: sobreseimiento firme y expectativa de una contrademanda

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó el recurso de la querella y dejó firme la absolución de los dos rugbiers franceses denunciados en 2024; la defensa anunció acciones contra la denunciante y su abogada.

EC
Elena CardozoPoliciales y judiciales · 4 DE SEPT DE 2026 · 3 min de lectura

El expediente caratulado por abuso sexual contra los jugadores de rugby franceses Hugo Auradou y Oscar Jegou quedó definitivamente archivado en Mendoza, luego de que la Suprema Corte de Justicia provincial rechazara el recurso de casación que había presentado la querella y confirmara los sobreseimientos dictados en las dos instancias anteriores. La firma estuvo a cargo de los jueces Dalmiro Garay Cueli, Norma Llatser y José Valerio.

La investigación se inició el 8 de julio de 2024, pocas horas después del test-match entre las selecciones de Francia y Argentina disputado en Mendoza. Una mujer que había conocido a los deportistas esa noche en un local bailable los denunció por abuso sexual. Ambos permanecieron privados de su libertad durante casi un mes, hasta que la Justicia los autorizó a regresar a su país de origen.

Lo probado y lo que quedó descartado

En diciembre de 2024, la jueza de Garantías Elenora Arenas dictó el sobreseimiento de los acusados, al considerar que la prueba reunida resultaba insuficiente para sostener la imputación. En febrero de 2025, el Tribunal Penal Colegiado N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza confirmó esa decisión tras revisar la evidencia fílmica, los testimonios recabados, los peritajes médicos y psicológicos, y los mensajes intercambiados por la denunciante en las horas y días posteriores al hecho. De acuerdo con lo resuelto, ese material desvirtuó la hipótesis acusatoria antes que la confirmación judicial de los hechos.

La defensa había sostenido desde el inicio que las relaciones habían sido consentidas, en línea con el informe preliminar de la Unidad Fiscal que intervino en la instrucción. La querella, en cambio, reclamó que se revaluaran las pruebas y cuestionó la actuación del Ministerio Público Fiscal. La Suprema Corte entendió que esos planteos no demostraron una valoración arbitraria de la prueba ni identificaron medidas pendientes de producción que pudieran revertir el cuadro probatorio. Además, la sentencia destacó que ninguno de los testigos que tuvo contacto con la denunciante antes, durante o inmediatamente después de los hechos aportó información que corroborara su versión.

Los pasos que vienen en el expediente

  • Cierre formal del proceso penal contra Auradou y Jegou, con sobreseimiento firme y registro de antecedentes sin modificaciones.
  • Anuncio de la defensa, a cargo de Rafael Cúneo Libarona, de iniciar acciones legales contra la denunciante y su representante letrado por lo que consideran falsos testimonios y mala praxis profesional.
  • Expectativa en el fuero civil y penal respecto del alcance de esas eventuales presentaciones, que hasta el momento no fueron detalladas públicamente.
“Los rugbiers han recuperado su prestigio y la mentira no puede ser gratis. La denunciante y su abogada responderán cada una por sus mentiras y mala praxis profesional.”Rafael Cúneo Libarona, abogado defensor

Con la resolución de la Suprema Corte, el proceso penal llega a su fin en la provincia de Mendoza, y el expediente queda a disposición del Ministerio Público Fiscal para evaluar eventuales derivaciones. En paralelo, la defensa de los jugadores anunció que avanzará con presentaciones judiciales en procura de responsabilidades, en un caso que reabrió el debate sobre los límites y las consecuencias del proceso penal cuando la acusación no logra sustentarse en prueba objetiva.

EC
Elena CardozoPoliciales y judiciales

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