Gas: a quiénes alcanza la bonificación por Zona Fría y qué pasa con los hogares excluidos
El régimen establece una reducción automática del 50% para usuarios de las regiones comprendidas y prevé una bonificación adicional del 20% para determinados hogares de menores ingresos que quedaron fuera del mapa.

La Resolución 299/2026 de la Secretaría de Energía estableció una bonificación del 50% en la tarifa de gas para usuarios de las zonas incorporadas al Régimen de Zona Fría. El descuento alcanza a clientes residenciales y del Servicio General P, tanto de gas natural como de gas propano indiluido por redes.
La reducción debe figurar directamente en las facturas emitidas por las distribuidoras y subdistribuidoras, sin necesidad de que los usuarios la soliciten, de acuerdo con las instrucciones del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad. La medida cubre los consumos desde el 13 de octubre, fecha de entrada en vigor de la Ley 27.828.
Una cobertura más acotada y un descuento alternativo
El mapa vigente es más limitado que el anterior: alrededor de 1,6 millones de hogares incorporados durante la ampliación de 2021 dejaron de recibir la bonificación automática por su ubicación. Entre ellos se encuentran usuarios de Mar del Plata, Bahía Blanca, Tandil, Olavarría y Pergamino.
Para los hogares excluidos del esquema general que cumplan determinados requisitos, la resolución contempla una bonificación adicional del 20% sobre el Precio Anual Uniforme del gas, aplicada a los Consumos Base. Este beneficio se suma al subsidio que ya reciben los usuarios inscriptos en el sistema de Subsidios Energéticos Focalizados y no lo sustituye.
Requisitos para acceder al 20% adicional
Las condiciones deben cumplirse de manera simultánea y se completan con otros criterios socioeconómicos previstos en la ley:
- Estar inscripto en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados.
- Residir en una de las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, según la norma IRAM 11.603/12.
- No estar comprendido en el régimen general de bonificación del 50%.
- Tener ingresos familiares de hasta tres Canastas Básicas Totales.
La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética identificará a los beneficiarios mediante el cruce de datos geográficos con el registro de subsidios. El padrón resultante quedará a disposición del ente regulador, que notificará a las distribuidoras.
Soledad Arias | Economía y comercio
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