Martes, 8 de septiembre de 2026
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Raíz Salteña

Cuánto gana en septiembre una empleada doméstica que trabaja cuatro horas por semana

La escala salarial para el personal de casas particulares fija pisos que van de poco más de quince mil pesos a algo más de veinte mil pesos mensuales, según la tarea y la modalidad de retiro, con un ajuste del 1,8% y la incorporación gradual de un adicional extraordinario.

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Ernesto AramayoVitivinicultura · 8 DE SEPT DE 2026 · 3 min de lectura

La escala vigente para el personal de casas particulares establece valores mínimos bien diferenciados para quienes prestan servicio durante cuatro horas semanales, una modalidad extendida en los hogares argentinos. De acuerdo con la normativa actualizada, los pisos legales para septiembre van de 15.658,56 pesos a 20.198,32 pesos, según la tarea que desempeñe la trabajadora y si vive o no en el domicilio donde cumple sus funciones. El ajuste aplicado este mes es del 1,8% sobre los valores de agosto y se suma a la incorporación gradual de un adicional extraordinario que se pagó el mes pasado.

Los valores según categoría y modalidad de retiro

El mínimo más bajo para una jornada de cuatro horas semanales corresponde al personal de tareas generales con retiro, que percibe 15.658,56 pesos. Ese monto resulta de multiplicar por cuatro el piso horario de 3.914,64 pesos. Quienes realizan las mismas tareas pero sin retiro, es decir, aquellas que permanecen en el hogar donde trabajan, cobran 16.743,76 pesos por esa misma carga horaria, con un valor hora de 4.185,94 pesos.

Para las trabajadoras dedicadas a la asistencia y cuidado de personas, el piso semanal de cuatro horas llega a 16.743,76 pesos con retiro y a 18.567,60 pesos sin retiro. Los caseros, que necesariamente residen en la vivienda donde se desempeñan, cuentan con una sola referencia: 16.743,76 pesos por esas cuatro horas.

Las categorías mejor remuneradas

Las categorías de tareas específicas y supervisión concentran los valores más altos de la escala. En tareas específicas, el rango va de 17.690,16 pesos a 19.239,20 pesos según la modalidad de retiro. Las supervisoras son quienes más perciben: desde 18.581,32 pesos con retiro hasta 20.198,32 pesos sin retiro. Cuando una trabajadora cumple funciones que corresponden a más de una categoría, la escala indica que debe encuadrarse según la actividad principal que realiza en forma habitual, y esa definición determina el valor horario mínimo aplicable.

El cronograma de aumentos y el adicional extraordinario

El ajuste de septiembre, del 1,8%, se aplica sobre las remuneraciones de agosto. La resolución que lo establece también fija incrementos para los meses siguientes: 1,7% en octubre y 1,6% tanto en noviembre como en diciembre. Cada aumento se calcula sobre los valores del período anterior, en un esquema de actualización mensual acumulativa.

A ese cronograma se agrega la incorporación gradual de una suma extraordinaria que correspondió a agosto. Las trabajadoras con menos de doce horas semanales recibieron ese mes un adicional de 8.000 pesos. Ese importe se integra al salario básico en tres tramos sucesivos: 2.000 pesos en septiembre, 4.000 pesos en octubre y 2.000 pesos en noviembre, hasta completar el total de la asignación.

Los valores para quienes trabajan en modalidad mensual

  • Tareas generales con retiro: 480.247,85 pesos.
  • Tareas generales sin retiro: 529.261,78 pesos.
  • Asistencia y cuidado de personas con retiro: 521.281,78 pesos.
  • Asistencia y cuidado de personas sin retiro: 577.456,60 pesos.
  • Tareas específicas con retiro: entre 551.236,73 y 599.139,32 pesos.
  • Tareas específicas sin retiro: entre 592.322,32 y 640.015,80 pesos.
  • Supervisoras con retiro: 579.493,14 pesos.
  • Supervisoras sin retiro: 640.641,55 pesos.

La escala fija pisos legales que los empleadores deben respetar como mínimo. No obstante, las partes pueden acordar remuneraciones superiores a los montos definidos en la normativa, siempre que se respete el ordenamiento vigente y los derechos reconocidos a las trabajadoras del régimen.

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Ernesto AramayoVitivinicultura

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