Concesionarias: el acuerdo fija salarios nominales hasta diciembre y reabre la discusión por inflación en enero
SMATA y ACARA cerraron la paritaria del último trimestre del año bajo el convenio 99/23, con montos diferenciados por categoría y un ajuste complementario en diciembre.

Los trabajadores de concesionarias de autos ya cobran nuevos salarios desde el 1° de octubre. El acuerdo firmado entre el sindicato SMATA y la cámara ACARA alcanza al período que va de octubre a diciembre y se rige por el convenio colectivo de trabajo 99/23, que regula las condiciones del sector.
Escalas salariales y montos por categoría
Las subas no se aplicaron con un porcentaje único para todos los escalafones. Los aumentos son nominales y se determinan según la categoría. Para octubre y noviembre, las escalas arrancan en $1.073.088,67 para los vendedores de planes de ahorro y los vendedores itinerantes de repuestos que están en una franja, y llegan a $1.099.915,89 en la franja siguiente. En diciembre se suma un incremento complementario sobre esos valores base.
Beneficios y condiciones incluidas
- Comisión mínima garantizada del 0,5 por ciento sobre el precio de venta libre de tributos para el personal de ventas.
- Encuadramiento de al menos el 10 por ciento de la dotación de cada empresa en los dos escalafones más altos del convenio.
- Antigüedad con una escala que parte del 3 por ciento a los dos años de servicio y llega al 39 por ciento a los 26 años.
- Suplemento del 4 por ciento sobre el básico para quienes acrediten dominio de un idioma extranjero, y del 10 por ciento para quienes tengan título habilitante.
- Plus del 20 por ciento por zona desfavorable para quienes cumplan tareas en Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur.
- Compensación por transporte, público o propio, y asignación vacacional equivalente a 130 horas anuales.
- Subsidios por fallecimiento de familiares directos, calculados sobre la categoría máxima del escalafón.
Validez del acuerdo y trámite pendiente
El acta fue derivada a la Secretaría de Trabajo para su homologación. Sin embargo, ambas partes precisaron que el acuerdo es de cumplimiento obligatorio e inmediato desde la firma, en virtud del artículo 959 del Código Civil y Comercial.
En enero, SMATA y ACARA volverán a reunirse para medir la inflación registrada entre octubre y diciembre y definir si corresponde un ajuste adicional para los salarios del sector.
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